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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 41 de 2019, notificación a Mantenimiento Servicios Integrales Serconserjes, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>101</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
64Madrid número 7. Ejecución 41 de 2019, notificación a Mantenimiento Servicios Integrales Serconserjes, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María Belén Gómez Rodríguez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 41/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. HENRY CARDONA RODRIGUEZ frente a MANTENIMIENTO SERVICIOS INTEGRALES SERCONSERJES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente Auto de fecha 28/02/2019:

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la Secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.

MODO DE IMPUGNACION.-Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco de Santander 2505-0000-64-0041-19.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MANTENIMIENTO SERVICIOS INTEGRALES SERCONSERJES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de marzo de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.030/19)</texto>
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