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    <titulo>– Humanes de Madrid. Personal. Nombramiento funcionarios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
PERSONAL
28Humanes de Madrid. Personal. Nombramiento funcionarios
Finalizado el concurso oposición de las pruebas selectivas convocadas mediante resolución de Alcaldía para proveer, mediante promoción interna, 13 plazas de peón de cometidos múltiples, con las siguientes características: funcionarios de carrera, escala Administración Especial, subescala personal oficios, grupo AP.
Vista la propuesta del tribunal calificador, habiendo verificado que los aspirantes propuestos reúnen los requisitos exigidos, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero..Nombrar funcionarios de carrera para ocupar el puesto de peón de cometidos múltiples, encuadrado en la escala de Administración Especial, subescala personal oficios, grupo AP, con efectos del día 1 de marzo de 2019, a:
.	Doña Sonia Alonso Castaño.
.	Don Jesús Fernández Ferrer.
.	Don Ángel Lebrón Sánchez.
.	Doña Ángela Luna Fernández.
.	Don Salvador Molina Manzano.
.	Don Pedro Prieto Ramírez.
.	Don Óscar Ramírez Campos.
.	Don Vicente Rodado Ordóñez.
.	Don Dionisio Sánchez Mesa.
.	Don Miguel Ángel Sánchez Ramos.
.	Don Eugenio Villares Portillo.
Contra la presente, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto. En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo), o potestativamente y con carácter previo recurso de reposición el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).
Lo que hace público a los efectos oportunos.
En Humanes de Madrid, a 8 de abril de 2019..El alcalde-presidente, José Antonio Sánchez Rodríguez.
(03/14.881/19)</texto>
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