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    <identificador>BOCM-20190506-66</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/05/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 22 de 2019, notificación a Corners de Tu Vida Fácil, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>106</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11
66Madrid número 11. Ejecución 22 de 2019, notificación a Corners de Tu Vida Fácil, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid. 
HAGO SABER: Que en el procedimiento 22/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VANESSA TORRESANO NAVAJAS frente a CORNERS DE TU VIDA FACIL SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

 PARTE DISPOSITIVA (DECRETO DE 05/04/2019)

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1092,30 euros de principal; 109 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL del ejecutado CORNERS DE TU VIDA FACIL SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
 
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación expedida de oficio por este juzgado a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL una vez firme la presente resolución.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CORNERS DE TU VIDA FACIL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.123/19)</texto>
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