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    <identificador>BOCM-20190509-41</identificador>
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    <fecha_disposicion>2019/02/28</fecha_disposicion>
    <titulo>Autorización instalación eléctrica
– Resolución de 1 de marzo de 2019, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación de proyecto de ejecución de construcción de una línea a 20 kV, sita en Ctra. A-5, km 11-12 (Paralela), en el término municipal Alcorcón, solicitada por Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
41RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2019, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación de proyecto de ejecución de construcción de una línea a 20 kV, sita en Ctra. A-5, km 11-12 (Paralela), en el término municipal Alcorcón, solicitada por Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U.
Referencia: 2017P24 – 14-0141-00024.0/2017
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Con fecha 13 de enero de 2017 tiene entrada en esta Dirección General de Industria, Energía y Minas escrito de Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U., en el que se solicita la autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de la instalación referenciada, al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por José L. Ramírez Blázquez, colegiado número 21.026 del COITIM.
Segundo
Por parte de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010).
Tercero
Con fecha 22 de junio de 2017 se aporta informe SEA 9.9/17 emitido por la Dirección General de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid de fecha 22 de junio de 2017 en el que se establece que no se estima necesario que el proyecto sea sometido a la tramitación de ninguno de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental establecidos en la normativa vigente.
Cuarto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984), el Decreto 193/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015) y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2013), el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010) para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997), la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007), el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” 19 de marzo de 2008), el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de diciembre de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984) y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de junio de 2014).
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. la reforma de una línea, en Ctra. A-5 km 11-12 (Paralela), del término municipal de Alcorcón, cuyas características y ubicación .en coordenadas UTM referidas al huso 30. son:

También se desmontarán 871 metros de línea aérea y 18 apoyos.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:
1.  Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2.  El plazo de ejecución de la instalación será de 12 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3.  La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
En la ejecución de la instalación se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección General de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid de fecha 22 de junio de 2017.
Cuarto
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” 2 de octubre de 2015).
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 1 de marzo de 2019..El Director General de Industria, Energía y Minas (firmado).
(02/10.673/19)</texto>
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