<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190520-135</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/05/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento 1.011 de 2017, notificación a Reset Motion, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>118</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190520-135</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/05/20/BOCM-20190520-135.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/05/20/BOCM-20190520-135.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/05/20/BOCM-20190520-135.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/05/20/BOCM-20190520-135.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
135Madrid número 32. Procedimiento 1.011 de 2017, notificación a Reset Motion, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. DAVID ATIENZA MARCOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1011/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSÉ LUIS PRIETO ROMÁN frente a RESET MOTION SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

En Madrid, a diecinueve de marzo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO.- En el presente procedimiento se ha dictado en fecha 08/02/2019 Sentencia que ha sido notificada a las partes.

SEGUNDO.- Con fecha 11/03/2019 se ha presentado por Sr. letrado de D./Dña. JOSÉ LUIS PRIETO ROMÁN escrito indicando que la resolución había incurrido en defecto consistente en el nombre del letrado que representa a dicha parte constando, tanto en el encabezado de la sentencia como en el antecedente segundo, D./Dña. JUAN LUIS GARRIDO-LESTACHE BURDIEL, con número profesional 021599, cuando debería figurar DON VÍCTOR MANUEL FRAILE GARCÍA, con número colegiado 78620, según se recoge en acta de otorgamiento de poder de fecha 02/04/2018, solicitando se proceda a la subsanación de tal error.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Como establecen los artículos 214 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí, de oficio o a petición de parte, aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan. En el caso de errores materiales manifiestos y los aritméticos podrán ser rectificados en cualquier momento; en los demás casos, se podrá aclarar de oficio o solicitar la aclaración dentro de los dos días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución.

Del mismo modo, establece el artículo 215.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que las omisiones o defectos de que pudieren adolecer sentencias y autos y que fuere necesario remediar para llevar plenamente a efecto dichas resoluciones podrán ser subsanadas, mediante auto, en los mismos plazos y por el mismo procedimiento reseñado.

SEGUNDO.- En el presente caso, PROCEDE ACCEDER A LA SUBSANACIÓN SOLICITADA una vez, constatado el referido error, y rectificado el contenido del Acta de Intervinientes por Decreto de esta misma fecha.

PARTE DISPOSITIVA

SE ACUERDA SUBSANAR EL DEFECTO ADVERTIDO EN SENTENCIA de fecha 08/02/2019, que debe quedar redactada en cuanto al encabezado en los siguientes términos:

Dña. M.ª LUISA GIL MEANA Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 32 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre CANTIDAD entre partes, de una y como demandante D./Dña. JOSÉ LUIS PRIETO ROMÁN, que comparece representado por el letrado D./Dña. Don Víctor Manuel Fraile García, con número de colegiado 78620, y otra como demandado RESET MOTION SL y FOGAS.

E igualmente, en el mismo sentido, debe quedar rectificado el antecedente segundo de la misma.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. M.ª LUISA GIL MEANA.
EL MAGISTRADO-JUEZ

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a RESET MOTION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de abril de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.008/19)</texto>
</documento>