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    <identificador>BOCM-20190607-150</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 26 de 2019, notificación a José Carlos Castro García</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>134</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
150Madrid número 39. Procedimiento 26 de 2019, notificación a José Carlos Castro García
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 26/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALI MODIAN y D./Dña. IONUT BALUTA frente a FOGASA y D./Dña. JOSE CARLOS CASTRO GARCIA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

VISTOS los preceptos citados y demás de general aplicación, S. Sª Ilmo/a.

DISPONGO:

1)  HA LUGAR a la práctica de parte de las diligencias de prueba interesadas por D./Dña. ALI MODIAN y D./Dña. IONUT BALUTA, y en su consecuencia se acuerda:

A.  Acceder al INTERROGATORIO de D./Dña. JOSE CARLOS CASTRO GARCIA en calidad de Demandado con DNI 29055753-Z en las presentes actuaciones, para que declare sobre los hechos y circunstancias del pleito por los que se le pregunte y el tribunal declare pertinentes (artículo 302.2 de la LEC).

El interrogatorio tendrá lugar el día 12/06/2019 a las 10:20 en la Sala de Vistas de este Juzgado. Cítese a dicha parte a fin de practicar la prueba, con el apercibimiento de que si no comparece y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubiere intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos le sea enteramente perjudicial (artículo 304 LEC).

B.  Acceder a la prueba DOCUMENTAL solicitada consistente en oficiar a la Federación Española de Boxeo a fin de que remita con anterioridad a la fecha del juicio certificación que contenga los siguientes extremos.

.	Si el demandado, Don José Carlos Castro García, se encuentra dado de alta en la Federación como manager y como promotor de boxeo en la citada Federación, bien en su propio nombre, bien bajo el nombre de “Promotion Boxing Kas” o cualquier otro nombre.

.	Si Don José Carlos Castro García, o en su caso “Promotion Boxing Kas” constan como promotores en los combates donde participó el demandante Ali Modian, en concreto:

	Contra Ion Micu, el 1 de octubre de 2016, en Guadarrama (Madrid).
	Contra Marian Cazacu, el 26 de noviembre de 2016, en Madrid.
	Contra Marian Ismael Martínez, el 10 de diciembre de 2016 en Galapagar (Madrid).
	Contra Ivan Bonet, el 28 de enero de 2017, en Valdemorillo (Madrid).
	Contra Michael Mora, el 11 de marzo de 2017, en Madrid.
	Contra Mamadou Goita, el 5 de mayo de 2017, en Madrid.
	Contra Jesús Moreno, el 2 de junio de 2017, en la Línea de la Concepción (Cádiz).

.	Si Don José Carlos Castro García, o en su caso “Promotion Boxing Kas” constan como promotores en los combates donde participó el demandante Ionut Baluta, en concreto:

	Contra Jefferson Vargas, el 1 de octubre de 2016, en Guadarrama (Madrid).
	Contra Franklin Valera, el 26 de noviembre de 2016, en Madrid.
	Contra Luis Espinosa, el 10 de diciembre de 2016 en Galapagar (Madrid).
	Contra Jefferson Vargas, el 28 de enero de 2017, en Valdemorillo (Madrid).
	Contra Edwin Tellez, el 11 de marzo de 2017, en Madrid
	Contra Amelio de Marcos, el 5 de mayo de 2017, en Madrid.
	Contra Fred Codeiro, el 2 de junio de 2017, en la Línea de la Concepción (Cádiz).
	Contra Sebastián Pérez, el 18 de noviembre de 2017, en Rentería (Guipúzcoa).
	Contra José Agular, el 10 de febrero de 2018, en San Juan de Aznalfarache (Sevilla).
	Contra Yerzhan Zalilov, el 28 de abril de 2018, en Bilbao.

.	Remitan copia de los contratos de todas las peleas antes señaladas, entregados y firmados por el promotor de las mismas, tal y como requiere el Reglamento de Boxeo Profesional de Federación Española de Boxeo.

Líbrense los oficios pertinentes, Con la advertencia de que la documentación interesada habrá de remitirse antes del 12/06/2019, fecha señalada para el juicio.

2)  NO HA LUGAR a la prueba consistente en que se libre oficio a la Federación Española de Boxeo a fin de que remita copia de la carta que obra como documento n.o 7 de la demanda, así como traducción de la misma, sin perjuicio de su aportación por la parte proponente.

3)  RESPECTO A LA TESTIFICAL, justifíquese la importancia y pertinencia de la citación de los testigos propuestos, y con la misma se acordará.

Practíquense las diligencias oportunas en relación con lo acordado.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo que se decida en el acto de la vista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JOSE CARLOS CASTRO GARCIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.270/19)</texto>
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