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    <titulo>– Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
31Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto del Acuerdo de 24 de mayo de 2019, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan subvenciones para ayudas económicas a entidades deportivas y deportistas de Alcalá de Henares, por la participación en competiciones oficiales, edición 2019.
BDNS (Identif.): 458708
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):
Primero.  Beneficiarios
a)	Podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier club deportivo o sección de acción deportiva inscrita en una federación deportiva reconocida y oficial, o deportista individual que no pertenezca a ninguna asociación deportiva de Alcalá de Henares y que cuente con licencia federativa en cualquier modalidad deportiva oficial. En caso de las asociaciones deportivas, no podrán ser beneficiarios los que ya reciben subvención por su pertenencia a categoría élite. Para poder optar a subvenciones como deportista individual, este no debe pertenecer a ninguna asociación deportiva que solicite ser beneficiario de estas mismas ayudas.
b)	Las asociaciones deportivas deberán tener domicilio social en Alcalá de Henares. En caso de deportistas individuales, estos deberán estar empadronados en Alcalá de Henares al menos desde septiembre de 2018 y hasta agosto de 2019 (ambos inclusive) o estar asociado en un club deportivo con sede social en Alcalá de Henares que no se presente a estas mismas subvenciones.
c)	En caso de asociaciones deportivas, se deberá instar inscrito en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid. En el caso de deportistas individuales, es necesario estar en posesión de licencia federativa correspondiente de su modalidad deportiva durante la temporada 2018-2019.
d)	Haber participado en competiciones federadas oficiales en su modalidad deportiva de ámbito autonómico, nacional, europeo o internacional en su respectiva modalidad deportiva durante la temporada 2018-2019.
e)	No estar incurso en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en especial, hallarse al corriente de pago con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.
f)	No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.
Segundo.  Finalidad..Concesión de ayudas a deportistas individuales, clubes deportivos y secciones de acción deportiva para su participación durante la temporada deportiva 2018/2019 (desde el 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2019) en competiciones oficiales no profesionales (excepto ligas regulares y encuentros amistosos) fomentando con ello el desarrollo de actividades de utilidad pública como son las actividades deportivas, las cuales sirven de manera fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y aumento de los índices de bienestar general de la población.
Tercero.  Bases reguladoras..Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2019, publicadas en los tablones de anuncios y la página web del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.
Cuarto.  Importe..Importe máximo de la convocatoria: 19.000 euros.
El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más del 25  por 100 de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva o deportista individual.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..Quince días hábiles desde el día 2 de septiembre de 2019.
Sexto.  Otros datos..Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones entregadas por otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto.
En ningún caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones) superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso, la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.
Tienen la consideración de gastos subvencionables, los producidos entre día 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019, especificados en la página 5 de las bases reguladoras.
Las solicitudes deberán ser remitidas a la Concejalía de Deportes, Casa del Deporte, avenida Virgen del Val, número 4, 28804, Alcalá de Henares, a través de los registros municipales oficiales (Registro General situado en Casa Consistorial y Oficinas Municipales de Proximidad).
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Quedan totalmente excluidos los gastos ocasionados con motivo de las competiciones de carácter no oficial y aquellas que siendo oficiales, sean encuentros o competiciones de carácter amistoso o liga regular. El importe total de la ayuda concedida no podrá superar en ningún caso el 65  por 100 del coste total de la actividad subvencionada o de los gastos totales subvencionados asumidos por el deportista individual (gastos totales relacionados en la tabla del Anexo II de las bases reguladoras).
Procedimiento de concesión: Estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva (procedimiento ordinario). La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en las páginas 6 y 7 de las bases reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.
Alcalá de Henares, a 30 de mayo de 2019..El concejal-delegado de Urbanismo, Deportes, Régimen Interior y Recursos Humanos, en funciones, Alberto Blázquez Sánchez.
(03/19.695/19)</texto>
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