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    <titulo>– Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
32Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
Extracto del Acuerdo de 24 de mayo de 2019, de la Junta de Gobierno Local, por el que se convocan subvenciones para ayudas económicas a entidades deportivas para la promoción del deporte en Alcalá de Henares, edición 2019.
BDNS (Identif.): 458697
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):
Primero.  Beneficiarios..Entidades deportivas que reúnan los siguientes requisitos:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas cualquier club deportivo, agrupación deportiva asociada para la práctica de actividades físico-deportivas o sección de acción deportiva que desarrolle actividades deportivas y tenga domicilio social en la ciudad de Alcalá de Henares.
Los solicitantes deberán estar inscritos en el registro de entidades deportivas de la Comunidad de Madrid.
No estar incursa en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 den noviembre, General de Subvenciones, y en especial, no tener deudas pendientes con el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.
No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.
Estar dado de alta en la Agencia Tributaria y tener el correspondiente NIF.
Segundo.  Finalidad..Concesión de ayudas a clubes deportivos, agrupaciones deportivas y secciones de acción deportiva de Alcalá de Henares para el desarrollo de su actividad deportiva durante la temporada deportiva 2018/2019 (desde el 1 de septiembre de 2018 al 31 de agosto de 2019). Estas ayudas pretenden impulsar el desarrollo de actividades deportivas. La actividad física y el deporte sirven de manera fundamental a la formación y desarrollo integral de la personalidad y al aumento de los índices de bienestar general de la población. Por ello, las actividades deportivas se consideran actividades de utilidad pública.
Tercero.  Bases..Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2019, publicadas en los tablones de anuncios y página web del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal.
Cuarto.  Importe..Importe máximo de la convocatoria: 56.000 euros.
El importe de esta subvención se entregará de manera prorrateada entre todos los beneficiarios de las ayudas, no adjudicándose más del 25  por 100 de la cuantía total de la subvención a una sola asociación deportiva o deportista individual.
Quinto.  Plazo de presentación de solicitudes..Quince días hábiles, desde el día 2 de septiembre de 2019.
Sexto.  Otros ..Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas o subvenciones entregadas por otras administraciones públicas para el mismo fin u objeto.
En ningún caso, el importe de las subvenciones obtenidas (tanto de manera aislada como de manera conjunta con otras subvenciones) superará el coste de la actividad subvencionada. En dicho caso, la subvención otorgada será reducida hasta el coste total de la actividad deportiva.
Tienen la consideración de gastos subvencionables, los producidos entre el día 1 de septiembre de 2018 y el 31 de agosto de 2019, especificados en la página 4 de las bases reguladoras.
Las solicitudes deberán ser remitidas a la Concejalía de Deportes Casa del Deporte, avenida Virgen del Val, número 4 28804, Alcalá de Henares, a través de los registros municipales oficiales (Registro General situado en Casa Consistorial y Oficinas Municipales de Proximidad).
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. El importe total de la ayuda concedida no podrá superar en ningún caso el 65  por 100 del coste total de la actividad subvencionada.
Procedimiento de concesión: estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva (procedimiento ordinario). La concesión de las subvenciones se realizará mediante la evaluación de las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios de valoración, especificados en la página 5 de las bases reguladoras y hasta un máximo de 100 puntos.
Alcalá de Henares, a 30 de mayo de 2019..El concejal-delegado de Urbanismo, Deportes, Régimen Interior y Recursos Humanos, en funciones, Alberto Blázquez Sánchez.
(03/19.693/19)</texto>
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