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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 219 de 2018, notificación a Proyectos e Instalaciones Mansertec, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>137</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
88Madrid número 7. Ejecución 219 de 2018, notificación a Proyectos e Instalaciones Mansertec, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 07 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 219/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. DANIEL BELLO FUENLABRADA frente a PROYECTOS E INSTALACIONES MANSERTEC SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 14 de mayo de 2019.

Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaria de este juzgado.

RECURSO QUE CABE INTERPONER:

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2505-0000-64-0219-18.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PROYECTOS E INSTALACIONES MANSERTEC SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a catorce de mayo de dos mil diecinueve.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.795/19)</texto>
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