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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 53 de 2019, notificación a Daensa Soluciones Constructivas, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>146</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
121Madrid número 21. Ejecución 53 de 2019, notificación a Daensa Soluciones Constructivas, S. L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 53 de 2019-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de don Carlos Javier Marcos SuÁrez, frente a Daensa Soluciones Constructivas, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado en el día de la fecha decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 14.586,44 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada Daensa Soluciones Constructivas, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución, expídase y hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, en la entidad Banco Santander, IBAN IS55 0049 3569 9200 0500 1274; concepto 2519-0000-64-0053-19.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La letrada de la Administración de Justicia, Araceli Crespo Pascual.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Daensa Soluciones Constructivas, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento. 
En Madrid, a 23 de mayo de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/20.287/19)</texto>
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