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    <identificador>BOCM-20190621-88</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2019/06/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Procedimiento 1.839 de 2017, notificación a Chary Cristina Quezada Marrero</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>146</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 14
88Madrid número 14. Procedimiento 1.839 de 2017, notificación a Chary Cristina Quezada Marrero
EDICTO
Doña Mónica Feijóo López-Bolaño, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 14 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1.839 de 2017, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Vistos por mí, don Carlos Valle y Muñoz-Torrero, magistrado-juez de este Juzgado de instrucción número 14 de Madrid, los presentes autos de juicio inmediato sobre delitos leves número 1.839 de 2017, por un delito leve de hurto, en el que aparecen como denunciadas doña Ani Leydy Almanzar Lora y doña Chary Cristina Quezada Marrero, y como denunciante, Zara, representada por la letrada doña Cintya Ortiz Hornos (colegiada número 98.607), y en el que ha sido parte también el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente
Sentencia
Que debo condenar y condeno a las acusadas, doña Ani Leydy Almanzar Lora y doña Chary Cristina Quezada Marrero, como responsables, en concepto de autoras, de un delito intentado leve de hurto ya referido, a la pena de multa, a cada una de ellas, por tiempo de veintinueve días, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y al pago de las costas procesales, e indemnización a Zara, conjunta y solidariamente, en 121,75 euros. Se alza el depósito de la mercancía sustraída.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Chary Cristina Quezada Marrero, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 23 de abril de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/16.160/19)</texto>
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