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    <identificador>BOCM-20190709-54</identificador>
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    <titulo>Madrid número 49. Procedimiento 819 de 2016, notificación a Pampanale, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>161</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49
54Madrid número 49. Procedimiento 819 de 2016, notificación a Pampanale, S. L.
EDICTO
Doña Belén García Sanz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado se sigue juicio verbal 819 de 2016, instados por el procurador don José María Rico Maesso, en nombre y representación de By Mordisco Collection, S. L., contra Pampanale, S. L., en los que se ha dictado en fecha 23 de marzo de 2018 sentencia por la magistrada doña Antía Otín Couso, estimando íntegramente la demanda y en la que se condena a la parte demandada con el contenido que obra en su parte dispositiva, encontrándose dicha sentencia a su disposición en la oficina de este Juzgado.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a la instrucción 6/12, de la Secretaría General de la Administración de Justicia.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de este órgano.
En Madrid, a 10 de julio de 2018..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/25.416/19)</texto>
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