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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/07/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 174/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
59Madrid número 9. Ejecución 174/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. María del Carmen Martín García, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 174/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VIRGINIA GARCÍA GONZÁLEZ, D./Dña. GEMA HERRADOR HERRADOR, D./Dña. MARÍA DOLORES BLAYA FERNÁNDEZ, D./Dña. DAVID PEÑA CARRETO y D./Dña. ALMA MARÍA BLAYA FERNÁNDEZ frente a CORLIDER CORREDURÍA DE SEGUROS SA y D./Dña. FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

AUTO

En Madrid, a once de julio de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Dña. MARÍA DOLORES BLAYA FERNÁNDEZ, Dña. VIRGINIA GARCÍA GONZÁLEZ, Dña. GEMA HERRADOR HERRADOR, Dña. ALMA MARÍA BLAYA FERNÁNDEZ y D. DAVID PEÑA CARRETO frente a CORLIDER CORREDURÍA DE SEGUROS SA.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2507-0000-64-0174-19.
; y pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. para los que tiene el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el art. 239.4 de la L.J.S.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA

En Madrid, a once de julio de dos mil diecinueve.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 29/05/2019, a la empresa CORLIDER CORREDURÍA DE SEGUROS SA en favor de los demandantes Dña. MARÍA DOLORES BLAYA FERNÁNDEZ, Dña. VIRGINIA GARCÍA GONZÁLEZ, D./Dña. GEMA HERRADOR HERRADOR, Dña. ALMA MARÍA BLAYA FERNÁNDEZ y D. DAVID PEÑA CARRETO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 10/09/2019, a las 09:15 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CORLIDER CORREDURÍA DE SEGUROS SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de julio de dos mil diecinueve.

   EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.050/19)</texto>
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