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    <fecha_publicacion>2019/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>COLLADO VILLALBA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
42Collado Villalba. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 1 de julio de 2019, adoptó entre otros el siguiente acuerdo, relativo a la delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local y en alcalde-presidente:
Primero..Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones: 
1)	El ejercicio de acciones de defensa de la Corporación derivadas de reclamaciones de cantidad por contratos administrativos. 
2)	La petición y aceptación de subvenciones a organismos públicos y particulares, para obras, servicios y demás actividades de la competencia municipal. 
Segundo..Delegar en la Alcaldía-Presidencia las siguientes atribuciones: 
1)	El inicio del expediente de contratación que sea de competencia plenaria. 
Tercero..Dichas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 
Cuarto..Aquellas sesiones de Junta de Gobierno Local que traten asuntos ejercidos, en virtud de la competencia del Pleno, serán sesiones públicas. 
En Collado Villalba, a 15 de julio de 2019..La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.
(03/26.394/19)</texto>
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