<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190816-41</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/08/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cercedilla. Régimen económico. Plan estratégico subvenciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>194</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190816-41</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/16/BOCM-20190816-41.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/16/BOCM-20190816-41.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/16/BOCM-20190816-41.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/16/BOCM-20190816-41.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA
RÉGIMEN ECONÓMICO
41Cercedilla. Régimen económico. Plan estratégico subvenciones
El Pleno Corporativo, en su sesión ordinaria el 1 de agosto de 2019, adoptó el acuerdo:
Primero..Aprobar inicialmente el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Cercedilla, para el período 2019/2023, cuyo texto íntegro se publica en la sede electrónica del Ayuntamiento (www.cercedilla.es).
Segundo..Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Tercero..Considerar, en el supuesto de que no se presenten reclamaciones a la aprobación inicial del expediente, en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional sin necesidad de adoptar acuerdo de elevación a definitivo por el órgano competente ni su ulterior publicación.
Cuarto..Facultar al alcalde-presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
En Cercedilla, a 2 de agosto de 2019..EL alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.
(03/28.274/19)</texto>
</documento>