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    <titulo>– Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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        BOCM-20190820-41



Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197martes 20/08/2019

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190820-41
Páginas: 120 a 120 - 1 págs.

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

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Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de agosto de 2019, acordó la aprobación del expediente de modificación de créditos número 06/2019, del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:
Expediente de modificación de crédito número 06/2019
Primero..Aprobar inicialmente el expediente de modificación de crédito número 6/2019 del presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones del presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen por capítulos:
Altas:
338-143.  Festejos. Otro personal: + 4.600.
338-160.  Festejos. Seguridad social: + 2.000.
Esta modificación se financia con cargo de bajas de créditos de otras aplicaciones reducibles sin perturbación del servicio en los siguientes términos:
011-913.  Deuda pública. Amortización préstamo: 5.000.
011-310.  Deuda pública. Intereses: 1.600.
Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Belmonte de Tajo, a 16 de agosto de 2019..El alcalde, Amador Salinas Haro.
(03/29.010/19)


Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.
		







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