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    <titulo>– Colmenar del Arroyo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>COLMENAR DEL ARROYO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
26Colmenar del Arroyo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones
Mediante decreto de Alcaldía de 20 de junio de 2019, del cual se ha dado cuenta en el Pleno en su sesión extraordinaria de 19 de junio, se ha dispuesto lo siguiente:
Vistas las delegaciones genéricas realizadas a favor de los concejales de la Corporación, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 y 3, y artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como los artículos 43, 44, 45, 46.1 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,
RESUELVO
Primero..Dentro del ámbito de la delegación genérica, delegar en el segundo teniente de alcalde, don Miguel Ángel Martín Juez, la firma, todo ello sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía, para el otorgamiento de licencias de obra menor, de actividad, apertura y funcionamiento y las de primera ocupación.
Segundo..Dentro del ámbito de la delegación genérica, delegar en la primera teniente de alcalde, doña Mónica Patricia Sanz Fernández, la firma de “Comprobado y conforme” de las facturas presentadas en el Ayuntamiento como paso previo a su reconocimiento y aprobación, todo ello sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía.
Tercero..Dentro del ámbito de la delegación genérica, delegar en el concejal de Medio Ambiente y Dehesa, don José Manuel Quintas Hernández, la firma, todo ello sin perjuicio de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía, para el otorgamiento de las autorizaciones de corta y poda así como las correspondientes solicitudes con la Comunidad de Madrid.
Cuarto..Proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La entrada en vigor de este decreto tendrá lugar desde el día de la fecha y se dará cuenta al Pleno en la Primera sesión que se celebre.
Colmenar del Arroyo, a 20 de julio de 2019..La alcaldesa, Ana Belén Barbero Martín.
(03/28.482/19)</texto>
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