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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO
34Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Presupuesto general
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 24 de julio de 2019, el presupuesto general, bases de ejecución y la plantilla de personal para el ejercicio económico 2019, y expuesto al público durante quince días hábiles, cuyo anuncio se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 176, de 26 de julio de 2019, y, al no presentarse reclamaciones al término del mencionado período, se entiende aprobado definitivamente el presupuesto general de este Ayuntamiento para el ejercicio 2019.
1.o  De conformidad con el artículo 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de Hacienda Locales, se hace público el resumen del mismo a nivel de capítulos:




Superávit: 3.193,76 euros.
2.o  Aprobar las bases de ejecución que acompañan al Presupuesto general. 
3.o  Aprobar las plantillas de personal funcionario y laboral que figuran como anexos al presupuesto que se presenta.
4.o  Exponer al público el expediente mediante anuncio en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante el plazo de quince días hábiles, durante los cuales las personas legitimadas, según la legislación vigente, podrán presentar reclamaciones y sugerencias ante el Pleno de la Corporación, quien dispondrá de treinta días para resolverlas.
5.o  Considerar aprobado definitivamente el presupuesto aprobado inicialmente y expuesto al público, si al término del período de exposición al público no se hubieran presentado reclamaciones. En otro caso, se requerirá acuerdo expreso por el que se resuelvan las reclamaciones formuladas y se apruebe definitivamente.
6.o  Ordenar la publicación, en su caso, del anuncio con la aprobación definitiva y su resumen por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Contra la aprobación definitiva de este presupuesto general, según lo dispuesto en el artículo 177.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde la fecha de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Fuente el Saz de Jarama, a 20 de agosto de 2019..La alcaldesa-presidenta, María José Moñino Muñoz.
(03/29.059/19)</texto>
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