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    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
36Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación presupuestaria
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2019, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de crédito número 5, con cargo a bajas de partidas presupuestadas, que afecta al vigente presupuesto de esta Corporación, del ejercicio 2019.

El anterior importe queda financiado de la siguiente forma:
Por bajas de partidas, según se relacionan en el detalle siguiente:

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra este acuerdo recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Gargantilla del Lozoya, a 27 de julio de 2019..El alcalde-presidente, Rafael García Gutiérrez.
(03/27.396/19)</texto>
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