<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20190821-43</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento/>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2019/08/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Manzanares el Real. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>198</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20190821-43</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/21/BOCM-20190821-43.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/21/BOCM-20190821-43.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/21/BOCM-20190821-43.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/08/21/BOCM-20190821-43.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANZANARES EL REAL</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
43Manzanares el Real. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, en el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de junio de 2019, se acordó establecer el régimen de dedicación de Alcaldía y Concejalías y determinación de retribuciones. Indemnizaciones por asistencia a órganos colegiados. Asignación económica a los grupos políticos municipales.
Primero..Determinar que los cargos de alcalde-presidente y concejales-delegados de Áreas de Gobierno y el concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, que realicen sus funciones de acuerdo a los siguientes regímenes de dedicación:
.	El cargo de alcalde-presidente, realizará las funciones de Hacienda y Personal, Seguridad y Emergencia, Proyectos Europeos, Comunicación y Organización Municipal, en régimen de dedicación exclusiva y completa.
.	El cargo de concejal-delegado de Medio Ambiente y Transición Ecológica, Obras y Mantenimiento Viaria y Redes Varias, realizará sus funciones en régimen de dedicación exclusiva y completa.
.	El cargo de concejal-delegado de Educación, Infancia y Juventud, Bienestar Social e Igualdad y Transporte y Movilidad, realizará sus funciones en régimen de dedicación exclusiva y completa.
.	El cargo de concejal-delegado de Urbanismo e Infraestructuras, Urbanizaciones y Patrimonio, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial en el 75 por 100, debiendo tener una presencia mínima en el Ayuntamiento de veintiocho horas.
.	El cargo de concejal-delegado de Deportes, Participación y Atención Vecinal y Transparencia, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial en el 75 por 100, debiendo tener una presencia mínima en el Ayuntamiento de veintiocho horas.
.	El concejal-delegado de Cultura, Innovación y Nuevas Tecnologías, realizará sus funciones en régimen de dedicación parcial. Fijando esta dedicación parcial en el 50 por 100, debiendo tener una presencia mínima en el Ayuntamiento de diecinueve horas.
.	El Cargo de concejal-delegado de Promoción Económica, Turismo y Montaña y Fomento del Empleo, no tendrá dedicación económica.
.	El Concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, por realizar las funciones de coordinación y gestión interna del grupo mayoritario de la oposición, con el fin de que las funciones de control y fiscalización del Gobierno Municipal puedan llevarse a cabo de forma efectiva. Fijando esta dedicación parcial en el 50 por 100, debiendo tener una presencia mínima en el Ayuntamiento de diecinueve horas.
Segundo..Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en 14 mensualidades al año, y darles de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda:
.	El cargo de alcalde-presidente percibirá una retribución anual bruta de 44.054,00 euros (en 14 pagas).
.	El cargo de concejal-delegado de Medio Ambiente y Transición Ecológica, Obras y Mantenimiento Viaria y Redes Varias, percibirá una retribución anual bruta de 37.624,00 euros (en 14 pagas).
.	El cargo de concejal-delegado de Educación, Infancia y Juventud, Bienestar Social e Igualdad y Transporte y Movilidad, percibirá una retribución anual bruta de 37.624,00 euros (en 14 pagas).
.	El cargo de concejal-delegado de Área de Gobierno de Urbanismo e Infraestructuras, Urbanizaciones y Patrimonio, percibirá una retribución anual bruta de 28.218,00 euros (en 14 pagas).
.	El cargo de concejal-delegado de Deportes, Participación y Atención Vecinal y Transparencia, percibirá una retribución anual bruta de 28.218,00 euros (en 14 pagas).
.	El concejal-delegado de Cultura, Innovación y Nuevas Tecnologías, percibirá una retribución anual bruta de 18.812,00 euros (en 14 pagas).
.	El cargo de concejal-delegado de Promoción Económica, Turismo y Montaña y Fomento del Empleo, no tendrá dedicación económica.
.	El cargo de concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, por realizar las funciones de coordinación y gestión interna del grupo mayoritario de la oposición, con el fin de que las funciones de control y fiscalización del Gobierno Municipal puedan llevarse a cabo de forma efectiva, percibirá una retribución anual bruta de 18.812,00 euros (en 14 pagas).
Tercero..Establecer a favor de los señores concejales sin dedicación exclusiva ni parcial, el derecho a la percepción de indemnización por asistencia a los siguientes órganos colegiados, con las cuantías que se señalan:
.	Asistencia a sesión del Pleno del Ayuntamiento: 150,00 euros.
.	Asistencia a órganos colegiados: 50,00 euros.
Cuarto..Fijar la cuantía de la asignación económica a los grupos municipales en 200 euros/concejal/año, ascendiendo a un total de 2.600 euros, quedando de la siguiente manera:

Las presentes asignaciones a los grupos políticos municipales se otorgarán siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 31 de las bases de ejecución del presupuesto 2019.
Quinto..Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los puntos primero, segundo, tercero y cuarto del presente acuerdo plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.
En Manzanares el Real, a 21 de junio de 2019..El alcalde-presidente, José Luis Labrador Vioque.
(03/27.413/19)</texto>
</documento>