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    <identificador>BOCM-20191002-73</identificador>
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    <departamento>– Juzgados de Instrucción:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/10/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Procedimiento 681/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 31</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 31
73Madrid número 31. Procedimiento 681/2019
EDICTO
Doña María Redondo Vergara, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 31 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 681/2019 se ha dictado sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
Que debo condenar y condeno a don Eugenio García Ferreruela como autor penalmente responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, previsto y penado en el artículo 234.2, 16 y 26 del Código Penal, a la pena de 29 días de multa, a razón de 5 euros cada cuota diaria, debiendo proceder a su abono una vez agotado el plazo referido, firme la resolución y requerido para ello, sin perjucio de su abono previo al transcurso de dicho plazo; en su defecto y de conformidad con lo prevenido en el artículo 53 del Código Penal, quedará sujeto a responsabilidad personal subsidiaria y costas de procedimiento.
Y para que conste y sirva notificación de sentencia a don Eugenio García Ferreruela, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 23 de agosto de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(03/30.765/19)</texto>
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