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    <titulo>– Boadilla del Monte. Personal. Nombramiento funcionarias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BOADILLA DEL MONTE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL
25Boadilla del Monte. Personal. Nombramiento funcionarias
Vista la propuesta formulada por el tribunal calificador de las pruebas selectivas convocadas por decreto de la concejala-delegada de Personal número 3302/2018, de 9 de agosto, para proveer, mediante promoción interna independiente, dos plazas de técnico de gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2018; de conformidad con lo previsto en la base 14.a y, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1.g) y h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegadas por decreto 2680/2019, de 18 de junio, de delegación de competencias de la Alcaldía, esta Tenencia de Alcaldía ha resuelto:
Primero..Aceptar la desestimación por el tribunal calificador de las alegaciones presentadas a la fase de oposición por los aspirantes: don Víctor Palomares Fons, doña Ana Isabel Revuelta Huerta, doña Pilar Zapatero Martín y doña Silvia Granados Ulecia, y que han sido notificadas individualmente a cada uno de los candidatos.
Segundo..Aceptar la propuesta del tribunal calificador para la resolución del presente proceso selectivo con el nombramiento como funcionarias de carrera en la categoría de técnico de Gestión de las candidatas a continuación relacionadas, declarando, en consecuencia, concluso el presente procedimiento selectivo:

Tercero..De conformidad con lo dispuesto en la base 14.a, al día siguiente de la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dará comienzo el inicio del plazo máximo de veinte días naturales para la presentación de la documentación indicada en la citada base.
Cuarto..Disponer la publicación del presente decreto en el tablón digital de edictos y anuncios del Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).
Así lo manda y firma el segundo teniente de alcalde, delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, don Jesús Egea Pascual, en Boadilla del Monte, debiendo tomarse razón por la Secretaría General.
En Boadilla del Monte, a 25 de septiembre de 2019..El segundo teniente de alcalde, concejal delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.
(03/33.215/19)</texto>
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