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    <identificador>BOCM-20191008-107</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 118/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>239</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
107Madrid número 13. Ejecución 118/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ISABEL TIRADO GUTIERREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid, HAGO SABER:
Que en ejecución 118/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DAVID MONTES SANTAMARÍA frente a CENTER INSTALACIONES Y TRATAMIENTO DE CLIMATIZACION SL, CENTER CLIMATIZACION Y MANTENIMIENTO SL, y D. JESUS VERDES LEZAMA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado AUTO de 5/9/19 cuya parte dispositiva es la siguiente:

“DISPONGO:

1º.- ESTIMAR los recursos de reposición y de revisión interpuestos, respectivamente, contra el auto y decreto de fecha 17/6/19, en el sentido de dejarlos sin efecto, así como de todas las actuaciones que con posterioridad se han podido llevar a cabo.

2º.- No haber lugar a despachar la ejecución formulada por D. DAVID MONTES SANTAMARIA.

3º.- ARCHIVAR la presente pieza de ejecución una vez firme esta resolución.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA CENTER CLIMATIZACION Y MANTENIMIENTO SL y CENTER INSTALACIONES Y TRATAMIENTO DE CLIMATIZACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/30.938/19)</texto>
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