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    <fecha_publicacion>2019/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 155/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>239</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
118Madrid número 16. Ejecución 155/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Raquel Paz García de Mateos, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 155/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Hipólito López Jarillo, frente a Soesive, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don José Hipólito López Jarillo, frente a la demandada, Soesive, S. L., parte ejecutada, por un principal de 18.415,12 euros, más 1.841,51 euros y 1.841,51 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander número 2514-0000-64-0155-19”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Soesive, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 2 de septiembre de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/30.848/19)</texto>
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