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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/10/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Procedimiento 326/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5
118Madrid número 5. Procedimiento 326/2018
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 05 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 326/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a D./Dña. ROBERT GILEWSKI sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución en cuyo encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 467/18

En la Ciudad de Madrid a diecinueve de diciembre de Dos mil dieciocho.

Vistos por la Ilma. Dª MARIA VALVANUZ PEÑA GARCIA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid y su Provincia, en sustitución, los presentes autos sobre ORDINARIO, seguidos con el nº 326/2018 entre partes, de una y como demandante FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION y de otra como demandado D. ROBERT GILEWSKI, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha dictado la presente

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION contra D. ROBERT GILEWSKI”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 892,55 euros brutos por los conceptos de su demanda más el 20 por 100 de interés de mora.

Contra la presente resolución NO CABE RECURSO.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ROBERT GILEWSKI, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/31.478/19)</texto>
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