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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 191/2019</titulo>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9
124Madrid número 9. Ejecución 191/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 191/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier García Sánchez frente a FOGASA, Avintia Proyectos y Construcciones, S. L., y Symer Desarrollos de Construcción, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Auto despachando ejecución.
Diligencia..En Madrid, a 9 de septiembre de 2019..La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 12 de julio de 2019 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por don Francisco Javier García Sánchez, solicitando la ejecución de sentencia por la que se condena a Avintia Proyectos y Construcciones, S. L., y Symer Desarrollos de Construcción, S. L., al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima. Doy fe.
Auto
En Madrid, a 9 de septiembre de 2019.
Parte dispositiva:
En atención a lo dispuesto, se acuerda:
Despachar orden general de ejecución de sentencia de fecha 13 de noviembre de 2018 a favor de la parte ejecutante, don Francisco Javier García Sánchez, frente a la demandada, Avintia Proyectos y Construcciones, S. L., y Symer Desarrollos de Construcción, S. L., parte ejecutada, por un principal de 79,15 euros, respecto a Avintia Proyectos y Construcciones, S. L., en concepto de “interés de demora del artículo 29.3 del ET”; así como, respecto a Symer Desarrollos de Construcción, S. L., por la cantidad de 750,29 euros de principal (que se corresponden con la cantidad de 638,06 euros de cantidad objeto de demanda y otros 112,23 euros de interés por mora del artículo 29.3 del ET), más otros 75,02 euros de intereses y 75,02 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (artículo 101.c) de la LJS); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el Banco Santander, 2507-0000-64-0191-19.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez, don José María Reyero Sahelices.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Symer Desarrollos de Construcción, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 9 de septiembre 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/31.402/19)</texto>
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