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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 219/2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11
83Madrid número 11. Procedimiento 219/2015
EDICTO
Doña M. Concepción González Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 219/2015, instados por la procuradora doña María Teresa de Donesteve y Velázquez-Gaztelu, en nombre y representación de Cortefiel, S. A., y Eurofiel Confección, S. A., contra Société Jacquesther, S. A. R. L., en reclamación de 492.181,41 euros, en l os que se ha dictado, en fecha 25 de junio de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Estimo íntegramente l a demanda formulada por l a procuradora de los Tribunales señora de Donesteve y Velázquez-Gaztelu, en nombre y representación de Cortefiel, S. A., y Eurofiel Confección, S. A., y en su mérito declaro la resolución del contrato de franquicia Springfield, suscrito entre Cortefiel, S. A., y Société Jacquesther, S. A. R. L., el 18 de abril de 2008, y condeno a Société Jacquesther, S. A. R. L., a pagar a Eurofiel Confección, S. A., la cantidad de 492.181,41 euros más intereses, conforme al fundamento jurídico sexto. Con expresa condena en costas a l a parte demandada.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Société Jacquesther, S. A. R. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 25 de junio de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/32.961/19)</texto>
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