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    <titulo>Majadahonda número 1. Procedimiento 266/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1
94Majadahonda número 1. Procedimiento 266/2019
EDICTO
Doña Concepción Alvariño Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 266/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
“Vistos por doña Carmen García Canale, juez sustituta del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Majadahonda, los presentes autos de delito leve de estafa número 266/2019, en los que son parte, como denunciante, don Gonzalo Pérez Vega, y como denunciado, don Carlos Anchía Rodríguez, con la intervención del ministerio fiscal.
Que debo condenar y condeno a don Carlos Anchía Rodríguez, como autor responsable del delito leve de estafa, previsto y penado en el artículo 248, en relación con el 249 del CP, a la pena de dos meses de multa con cuota de 5 euros diarios, sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del CP y al pago de las costas del presente procedimiento.
Dedúzcase testimonio de las presentes actuaciones al Juzgado Decano de instrucción de Madrid para el conocimiento por el Juzgado que corresponda del resto de cargos fraudulentos cometidos en el partido judicial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Carlos Anchía Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, así como requerimiento al condenado para que en diez días ingrese el importe de la multa, en el caso de no interponer recurso de apelación contra la misma, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Majadahonda, a 17 de septiembre de 2019..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/31.878/19)</texto>
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