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    <titulo>– Boadilla del Monte. Personal. Nombramiento funcionarios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <organismo>BOADILLA DEL MONTE</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL
40Boadilla del Monte. Personal. Nombramiento funcionarios
Vista la propuesta formulada por el tribunal calificador de las pruebas selectivas convocadas por decreto de la concejala-delegada de Personal número 3302/2018, de 9 de agosto, para proveer, mediante promoción interna independiente, dos plazas de técnico de Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2018; previa comprobación de que se han cumplido los trámites legales y de que las aspirantes propuestas reúnen los requisitos exigidos en las bases que rigen la presente convocatoria y demás normativa de general aplicación; de conformidad con lo previsto en la base 14.a y, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1.g) y h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegadas por Decreto número 2680/2019, de 18 de junio, de delegación de competencias de la Alcaldía, esta Tenencia de Alcaldía, ha resuelto:
Primero..Nombrar funcionarias de carrera en la categoría de técnico de Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, escala de Administración General, subescala Técnica, clase Media, grupo A, subgrupo A2, a las siguientes aspirantes, quedando adscritas a los puestos que se indican:

Segundo..Para adquirir la condición de funcionario de carrera, el aspirante deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado, si el aspirante no ha tomado posesión sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, decaerá en sus derechos.
Tercero..Disponer la publicación del presente decreto en el tablón digital de edictos y anuncios del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).
Así lo manda y firma el segundo teniente de alcalde, delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, don Jesús Egea Pascual, en Boadilla del Monte, debiendo tomarse razón por la Secretaría General.
En Boadilla del Monte, a 17 de octubre de 2019..El segundo teniente de alcalde, concejal-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras, Jesús Egea Pascual.
(03/35.142/19)</texto>
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