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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
43Daganzo de Arriba. Régimen económico. Modificación presupuestaria
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público para general conocimiento que el Pleno del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, en sesión de 23 de octubre de 2019, aprobó inicialmente expediente de modificación del presupuesto de 2019, mediante la modalidad de crédito extraordinario, sometiéndolo a información pública. El referido acuerdo constituye un acto de trámite respecto del cual los interesados del artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente en la Intervención Municipal y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno en el plazo de quince días a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado este anuncio, entendiéndose definitivamente aprobado el acuerdo, hasta entonces provisional, si en el referido período de exposición pública no se hubieran presentado reclamaciones. De presentarse, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas y se insertará resumido por capítulos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Daganzo de Arriba, a 24 de octubre de 2019..El concejal de Economía, Hacienda y Patrimonio (firmado).
(03/35.940/19)</texto>
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