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    <fecha_publicacion>2019/11/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 129/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
87Madrid número 8. Procedimiento 129/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 129/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. AIRRA DIAOAN DE LA CRUZ frente a SUPERMERCADO AMISTAD CB, Dña. YAO WEIJUN y Dº. LI ZHENG sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“ESTIMO la demanda formulada por DOÑA AIRRA DIAOAN DE LA CRUZ contra la Comunidad de Bienes SUPERMERCADO AMISTAD CB, integrada por los comuneros DON LIZ ZHENG Y DON YAO WEIJUN, y la CONDENO a abonarle la cantidad de 3.157,01 euros, con el interés del art.29.3 ET.

Contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del BANCO DE SANTANDER, a nombre de este Juzgado Social Ocho de Madrid con el número de referencia IBAN ES55 0049356992 0005001274, indicando como concepto la cuenta del Juzgado 2506 0000 67 062119 aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Notifiquese a las partes esta resolución

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Dº JAVIER CARAZO RUBIO
EL MAGISTRADO


Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a, Dª YAO WEIJUN y Dº. LI ZHENG en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil diecinueve.

 LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/34.380/19)</texto>
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