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    <identificador>BOCM-20191127-173</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/11/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Málaga número 11. Procedimiento 375/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>282</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 11
173Málaga número 11. Procedimiento 375/2018
EDICTO
D/Da LUIS VILLALOBOS SANCHEZ, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 11 DE MALAGA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 375/2018 a instancia de la parte actora D/Da. FRANCISCO RECIO GÓMEZ contra ROYAL AL ANDALUS, S.A. (HOTEL AL ANDALUS), FOGASA, NOVO BANCO S.A., NEW PROMISE S.L.-BAJO LA REPRESENTACION DE D. MANUEL JESUS MARTINEZ PAREDES, ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR S.A.., PLANET HOTELES S.A.., ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA SLU., ROYAL PRIMIER HOTELES S.A.., ROYAL ROMANA PLAYA S.A.., HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A.., LAVANDERIA TURISTICA DEL SUR S.L.., SEGETUR S.A., y ROYAL PREMIER CATERING S.L.. sobre procedimiento ordinario se ha dictado resolución de fecha 16/9/19 del tenor literal siguiente:
DISPONGO: Tener por ampliada la presente demanda contra ARRENDAMIENTOS HOTELEROS DEL SUR S.A.., PLANET HOTELES S.A.., ASSET MANAGERS GESTION TURISTICA SLU., ROYAL PRIMIER HOTELES S.A.., ROYAL ROMANA PLAYA S.A.., HACIENDA REAL LOS OLIVOS S.A.., LAVANDERIA TURISTICA DEL SUR S.L.., SEGETUR S.A.. y ROYAL PREMIER CATERING S.L.
Cítese a las partes en legal forma para su comparecencia a los actos de conciliación y/o juicio señalado en autos, a celebrar el día 14 de enero de 2020 a las 10.40 h. y acto conciliación el mismo día a las 10.30 h. con entrega a las mismas de copia del decreto, así como del escrito de demanda, sirviendo la notificación de la presente de notificación y citación en forma.
Dar cuenta a S.S.a del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.
El Juicio señalado se celebrará sin la presencia del Letrado de la Administración de Justicia, pudiendo las partes solicitar, al menos dos días antes de la fecha señalada la presencia del mismo en la Sala de Audiencias, de conformidad con lo establecido en el art. 89,2 de la LRJS.
De conformidad con el artículo 82,4 de la L.R.J.S, las partes deberán aportar la prueba documental y/o pericial voluminosas y/o complejas con cinco días de antelación al acto de la vista,bajo apercibimiento de no admitirse en el plenario.

Y para que sirva de notificación al demandado ROYAL ROMANA PLAYA S.A. . actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/38.402/19)</texto>
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