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    <identificador>BOCM-20191212-134</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/12/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 15/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40
134Madrid número 40. Ejecución 15/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 15/2019 (demanda 800/2018) de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA JOSE LEON GERMAN frente a PAK SERRANO TRUST SL, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado el siguiente decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.330,3 euros de principal; 325,97 euros de intereses y 325,97 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional parcial del ejecutado PAK SERRANO TRUST SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL. Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a PAK SERRANO TRUST SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a quince de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/38.587/19)</texto>
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