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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto reparcelación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
Gerencia Municipal de Urbanismo
70Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Proyecto reparcelación
La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 6 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
.	Aprobar definitivamente la operación jurídica complementaria (segunda) al proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución conformada por el APR 3.4-17 Manzana Curpesa del Plan General de Ordenación Urbana, promovida por Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A. (Sareb), de la que es actual titular Arqura Homes, Fondo de Activos Bancarios.
.	De acuerdo con el informe del ingeniero técnico de topografía, de fecha 2 de octubre de 2018, dadas las diferencias detectadas entre la delimitación de las fincas resultantes del expediente en curso y la geometría de las fincas catastrales, la reestructuración del suelo basada en instrumento de planeamiento tendrá que ser coordinada y validada por el Registro de la Propiedad como organismo competente para dicha validación.
.	Notificar a todos los interesados el presente acuerdo, ordenando su publicación en los términos dispuestos por el artículo 111 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que se considere procedente, indicándose que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
Pozuelo de Alarcón, a 14 de noviembre de 2019..El Gerente Municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.
(02/38.721/19)</texto>
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