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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 223/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>302</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16
120Madrid número 16. Ejecución 223/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 223/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. AGUSTIN GARCIA MONTALVO frente a ALANSU SL, FOGASA y EMILIO MOVILLA GIL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO nº 139/2019

En Madrid, a 8 de noviembre de 2019.

PARTE DISPOSITIVA

Condeno a la mercantil Alansu S.L. a abonar al actor la cantidad de 43.860,15 euros en concepto de indemnización, sin declarar extinguida la relación laboral, ni la condena al abono de salarios de tramitación, por cuanto ya se encontraba previamente extinguida por el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta en resolución de fecha de 19 de septiembre de 2019.
Con la responsabilidad del Fogasa de conformidad a lo establecido en el artículo 33 del E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en la LRJS.

Así por esta resolución, lo pronuncio, acuerdo y firmo, Doña Soledad Ester Hidalgo Serna, Magistrada del Juzgado de lo Social nº 16 de los de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALANSU SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/39.243/19)</texto>
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