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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2019/12/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 215/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>306</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
225Madrid número 34. Ejecución 215/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 215/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. RAQUEL MARTIN HERNANDEZ frente a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, Dña. RAQUEL MARTIN HERNANDEZ, frente a la demandada I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, parte ejecutada, por un principal de 2.093,24 euros, más 62,79 euros y 209,32 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

DECRETO

PARTE DISPOSTIVA

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a I MADRID DENTAL PROYECTO ODONTOLOGICO SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve.

EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/39.971/19)</texto>
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