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    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/01/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 362/2019-V</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
164Móstoles número 1. Ejecución 362/2019-V
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento de ejecución 362/2019-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEXANDRA OROZCO GIL frente a SIDERURGIAS Y CONSTRUCCIONES GUTIGAR, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

En Móstoles, a tres de enero de dos mil veinte.

Habiendo sigo negativa la citación a la demandada a través de su Administrador único D. FRANCISCO GUTIERREZ GARCÍA, a la comparecencia señalada para el próximo día 13/01/2020, se acuerda la suspensión de la misma.

Se señala nuevamente para celebración de comparecencia el próximo día 4 DE MARZO DE 2020 a las 10:15 horas de su mañana, que tendrá lugar en este Juzgado de lo Social nº1 de Móstoles.

Cítese a las partes, y a la demandada a través de su Administrador librándose Exhorto al Juzgado Decano de Fuenlabrada, así como publicándose Edicto en BOCAM en caso de que el Exhorto no se cumplimentara positivamente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SIDERURGIAS Y CONSTRUCCIONES GUTIGAR, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a tres de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/170/20)</texto>
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