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    <identificador>BOCM-20200130-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/01/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento 634/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>25</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29
117Madrid número 29. Procedimiento 634/2018
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social número 29 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 634/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JAVIER SANTIAGO CASTEJON frente a SERVICIOS INTEGRALES GRUDAN SL, FOGASA y GRUPO VELSUR SERVICIOS INTEGRALES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente sentencia dictada con fecha de 17/12/2019:

Estimo la demanda formulada por D. Javier Santiago Castejón contra Servicios Integrales Grudan, S.L., y Grupo Velsur Servicios Integrales, S.L., condenando a ambas empresas solidariamente a abonar al trabajador la cantidad de 2069,94 euros, más los intereses legales.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO VELSUR SERVICIOS INTEGRALES SL y SERVICIOS INTEGRALES GRUDAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/249/20)</texto>
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