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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 93/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
113Madrid número 21. Ejecución 93/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ejecución 93/2019-M de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON BORJA GARZÓN DIAZ frente a LAGADEUR, S. L., y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en fecha 25/11/19 resolución del tenor literal siguiente:

TASACIÓN DE COSTAS

Que en cumplimiento de lo acordado practico en autos arriba referenciados:

. Honorarios ejecución Sr. Letrado DON JESÚS MARÍA ORTEGA UGENA: 400,00 euros + 21% IVA 84,00 euros.
. Total (s.e.u.o.): 484,00 euros.

Importa la anterior tasación los figurados cuatrocientos ochenta y cuatro euros, a cuyo pago viene obligada la condenada en las presentes actuaciones.
Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo.

a)  Por indebidas, si se hubiesen incluido en ella partidas, derecho o gastos indebidos.
b)  O, por excesivos, los honorarios de Abogados, Peritos o profesionales no sujetos a arancel.
c)  O, por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de Abogado, Perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.
d)  Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (art 245 de LEC).

LIQUIDACIÓN DE INTERESES LEGALES

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 269 de la Ley de la Jurisdicción social, y 576 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, aplicable supletoriamente en este orden jurisdiccional, se practica la siguiente liquidación de intereses legales devengados en la presente ejecución:

. Ejecutante: DON BORJA GARZÓN DÍAZ.
. Importe de la condena: 1.649,48 euros.

. Importan los intereses legales: 48,13 euros.

En Madrid, a veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a LAGADEUR, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Tablón de Anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de enero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/403/20)</texto>
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