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    <identificador>BOCM-20200214-73</identificador>
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    <fecha_publicacion>2020/02/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento 343/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11
73Madrid número 11. Procedimiento 343/2019
EDICTO
Doña M. Concepción González Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 343/2019, instados por el procurador don José Luis Pinto-Marabotto Ruiz, en nombre y representación de Operibérica, S. A. Unipersonal, contra doña Patricia Sotoca Casillas y don Rafael Mateo del Rosario, en los que se ha dictado en fecha 18 de junio de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
“Estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador de los tribunales, señor Pinto-Marabotto Ruiz, en nombre y representación de Operibérica, S. A., contra doña Patricia Sotoca Casillas y don José Rafael Mateo del Rosario y, en su mérito, condeno solidariamente a los codemandados al pago de 1.016,50 euros más intereses conforme al fundamento jurídico quinto. Sin hacer pronunciamiento sobre costas”.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Rafael Mateo del Rosario, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 21 de enero de 2020..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/3.515/20)</texto>
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