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    <identificador>BOCM-20200218-58</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2020/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mejorada del Campo. Régimen económico. Padrones fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>41</diario_numero>
    <seccion>III.  ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
58Mejorada del Campo. Régimen económico. Padrones fiscales
Los padrones definitivos de: 
.	Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.
.	Impuesto sobre actividades económicas.
.	Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
.	Tasa por entrada de vehículos y carga y descarga de mercancías.
.	Tasa recogida de basuras.
.	Tasa por instalación de quioscos en la vía pública.
.	Tasa reguladora de los puestos de mercadillo municipal.
Han sido aprobados mediante decreto 88/2020, de 23 de enero.
De igual manera se comunica que el período de cobro voluntario de los mencionados padrones será el establecido en el artículo 75.5 de la ordenanza de gestión, recaudación e inspección.
El pago se puede realizar en la Recaudación Municipal y en cualquiera de las oficinas de las siguientes entidades bancarias: “Bankia”, “Banco Sabadell, S. A.”, “Banco Santander, S. A.”, “Caixabank”, BBVA e Ibercaja-Banco. 
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 160 y siguientes de la Ley General Tributaria.
Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación. 
Mejorada de Campo, a 24 de enero de 2020..El concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio, José Javier Santiago Hernández. 
(02/2.298/20)</texto>
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