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    <fecha_publicacion>2020/03/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 1010/2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>52</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17
69Madrid número 17. Procedimiento 1010/2016
EDICTO
Doña Socorro Martín Velasco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1010/2016, instados por EL procurador don Javier del Amo Artes en nombre y representación de don CHANG PING LIU contra Mar Mundo, S. A., en reclamación de 3.251,85 euros, en los que se ha dictado en fecha 25 de noviembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador de los tribunales don Javier del Amo Artés en nombre y representación de don W. Chang-Ping Liu y en consecuencia:
1.  Condenar a la entidad Mar Mundo, S. A., a abonar a la actora la cantidad de 3.251,85 euros, más los intereses legales descritos en el fundamento jurídico cuarto de la presente resolución.
2.  Condenar a la entidad Mar Mundo, S. A., al abono de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente resolución, previa constitución del depósito legalmente exigible.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, Mar Mundo, S. A., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 21 de enero de 2020..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/3.109/20)</texto>
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