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    <identificador>BOCM-20200303-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/03/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 56. Procedimiento 771/2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56
94Madrid número 56. Procedimiento 771/2016
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 771/2016, entre Consorcio de Compensación de Seguros y Mutua Madrileña Automovilista Sociedad de Seguros a Prima fija y don Álvaro Nieva Pallares, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 17/2020
La magistrada-juez, doña María Gavilán Rubio..En Madrid, a 20 de enero de 2020.
Doña María Gavilán Rubio, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 56 de los de Madrid; habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 771/2016, a instancias de Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el abogado del Estado, contra don Álvaro Nieva Pallares, en rebeldía procesal, y la Mutua Madrileña Automovilística Sociedad de Seguros a Prima Fija, representada por el procurador don Jorge Deleito García, y bajo la dirección letrada de don José Manuel Olías Parrilla.
Fallo
Que estimando la demanda presentada a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros contra don Álvaro Nieva Pallares, en rebeldía procesal, y Mutua Madrileña Automovilística Sociedad de Seguros a Prima Fija, condeno a la parte demandada al pago, de forma solidaria, de la cantidad de 519,14 euros, así como los intereses legales de dicha cantidad y pago de costas procesales.
Notifíquese a las partes con advertencia de que, contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación, dentro del plazo de veinte días, y ante la Audiencia Provincial.
Así por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez.
Y para que sirva de notificación a don Álvaro Nieva Pallares, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 20 de enero de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.516/20)</texto>
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