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    <fecha_publicacion>2020/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 88. Procedimiento 953/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88
81Madrid número 88. Procedimiento 953/2018
EDICTO
Don Pedro Ángel Guirao Llorente, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 88.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 953/2018, instados por el procurador don Felipe Bermejo Valiente, en nombre y representación de don Andriy Harmatiy y doña Hanna Hamatiy, contra ICES Tres Madrid, S. L., en reclamación de 12.000 euros, en los que se ha dictado, en fecha 3 de febrero de 2020, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 51/2020
Madrid, a 3 de febrero de 2020..La magistrada-juez, doña Esther Lobo Domínguez.
Fallo
Procede estimar íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Mariela del Valle Rojas Fernández del Pino, en nombre y representación de doña Hanna Hamatiy y don Andriy Hamatiy, frente a ICES Tres Madrid, S. L., en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, condenar a la parte demandada al pago de 12.000 euros, así como al pago de los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y las costas procesales.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4140-0000-04-0953-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 4140-0000-04-0953-18.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez (firmado).
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada ICES Tres Madrid, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 3 febrero de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/6.131/20)</texto>
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