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    <titulo>– Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria</titulo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
78Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Modificación presupuestaria
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2020, acordó aprobar inicialmente los expedientes de modificación de créditos del presupuesto prorrogado para 2020 números 1 y 2, por concesión de créditos extraordinarios y modificación del anexo II de las bases de ejecución del presupuesto, habiendo estado expuestos al público por un período de quince días hábiles, a contar desde el siguiente de la publicación del anuncio provisional en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 34, de 16 de febrero de 2020. En el mencionado período no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos por lo que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, han quedado automáticamente elevados a definitivos. El resumen de ambos expedientes por capítulos es el siguiente:

Contra los presentes acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Villaviciosa de Odón, a 3 de marzo de 2020..El alcalde-presidente, José Luis Pérez Viu.
(03/7.541/20)</texto>
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