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    <fecha_publicacion>2020/03/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 10/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
120Madrid número 14. Ejecución 10/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento ejecución 10/2020 (DEMANDA 503/2019) de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIAN CANCEA frente a DIGARLO GESTION INMOBILIARIA SL y SERLOGAR SERVICIOS INMOBILIARIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
 
AUTO

En Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte. 

PARTE DISPOSITIVA 

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. MARIAN CANCEA con DIGARLO GESTIÓN INMOBILIARIA S.L., con efectos de 12-2-2020 condenando a la empresa a que abone al trabajador las siguientes cantidades:

Nombre trabajador: D. MARIAN CANCEA
Indemnización: tres mil cuatrocientos setenta y nueve euros con treinta y ocho céntimos (3.479,38 euros).
Salarios de tramitación: dieciocho mil trescientos setenta y tres euros con treinta y cuatro céntimos (18.373,34 euros).

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Notifíquese esta resolución a las partes. 
Así, por este Auto, lo pronuncio, mando y firmo la Ilma. Sra. Magistrada, Dña. CARMEN DURAN DE PORRAS. 
 
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DIGARLO GESTION INMOBILIARIA SL y SERLOGAR SERVICIOS INMOBILIARIOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.980/20)</texto>
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