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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 34/2020</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21
136Madrid número 21. Ejecución 34/2020
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 34/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON EFRAÍN ORTIZ PACHECO frente a OYSER EXPERTOS, SOCIEDAD COOPERATIVA y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, DON EFRAÍN ORTIZ PACHECO, frente a la demandada OYSER EXPERTOS, SOCIEDAD COOPERATIVA, parte ejecutada, por un principal de 1.877,50 euros, más 93,87 euros y 187,75 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2519-0000-64-0034-20.

Y para que sirva de notificación en legal forma a OYSER EXPERTOS, SOCIEDAD COOPERATIVA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/4.921/20)</texto>
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