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    <departamento>– Juzgados de Primera Instancia:</departamento>
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    <fecha_publicacion>2020/03/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 45. Procedimiento 312/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 45</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 45
81Madrid número 45. Procedimiento 312/2019
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre Recreativos Pozuelo, S. L. y Rayva Restauración, S. L., y don Jesús Rayo Valiente, en cuyos autos se ha dictado sentencia número 208/2019, de fecha 4 de diciembre de 2019, cuyo fallo es el siguiente:
Que debo estimar y estimo la demanda deducida por el procurador de los tribunales, don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de Recreativos Pozuelo, S. L., asistida del letrado don Javier Mendoza Cerrato, contra Rayva Restauracion, S. L., y don Jesús Rayo Valiente, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud:
1)  Resuelvo el contrato suscrito entre las partes.
2)  Condeno a Rayva Restauracion, S. L., y solidariamente a don Jesús Rayo Valiente, al pago de la suma de 2,612 euros en concepto del préstamo dejado de amortizar.
3)  Condeno igualmente al pago de la suma de 4.000 euros como devolución del precio de exclusiva recibido.
4)  Condeno a la parte demandada al pago de los intereses legales y costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo interponer contra ella, ante este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que no será admitido a trámite si no se acreditara suficientemente por la parte interesada en su interposición al tiempo de su preparación haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante LO 1/2009, de 3 de noviembre.
Y para que sirva de notificación a Rayva Restauración, S. L., y don Jesús Rayo Valiente, haciéndoles saber que se encuentran a su disposición los autos en la oficina del Juzgado de Primera Instancia número 45 de Madrid, donde podrán tener conocimiento íntegro del acto que se notifica, expido y firmo la presente en Madrid, a 10 de enero de 2020..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/895/20)</texto>
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