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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento 1126/2018</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3
60Madrid número 3. Procedimiento 1126/2018
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 1126/2018, entre la comunidad de propietarios Virgen del Lluc, número 106, de Madrid, y doña Marjorie del Cisne Herrera Carrión y don Alex Germán López Tandazo, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 163/2019
En Madrid, a 1 de julio de 2019..Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad, vistos los autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, tramitados con el número 1126/2018, y seguidos a instancias de la comunidad de propietarios de la casa número 106, de la calle Virgen del Lluc de Madrid, contra don Alex Germán López Tandazo y doña Marjorie del Cisne Herrera Carrión, ambos declarados en situación procesal de rebeldía.
Fallo
Estimo en parte la demanda formulada por la procuradora doña Ana María García Fernández, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la casa número 106, de la calle Virgen del Lluc de Madrid, contra don Alex Germán López Tandazo y doña Marjorie del Cisne Herrera Carrión, y, en su virtud, condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 5.075,58 euros, con más sus intereses legales y con imposición de las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación, ante este Tribunal, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a doña Marjorie del Cisne Herrera Carrión y don Alex Germán López Tandazo, expido y firmo la presente.
En Madrid, a 31 de julio de 2019..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/37.166/19)</texto>
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