<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20200316-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>– Juzgados de lo Social:</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2020/03/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 211/2019</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>65</diario_numero>
    <seccion>IV.  ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <url_html>https://bocm.es/bocm-20200316-104</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/03/16/BOCM-20200316-104.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/03/16/BOCM-20200316-104.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/03/16/BOCM-20200316-104.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/03/16/BOCM-20200316-104.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
104Madrid número 14. Ejecución 211/2019
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 211/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. ROSA ZORAIDA MAGNI ESCRIBA frente a LYNX LOGISTICS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO DE INSOLVENCIA

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 10.803,29 EUROS de principal; 1.080,32 de intereses, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado LYNX LOGISTICS SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2512-0000-64-0211-19.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LYNX LOGISTICS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.068/20)</texto>
</documento>